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ENTREGA OBLIGATORIA DE ACTA DE ASAMBLEA EN CABA

 

Quizás la pregunta más frecuente en consulta es como el propietario puede acceder a las copias de las actas de asambleas anteriores efectuadas.
En CABA hay legislación local específica que establece la ley 941 en su art. 9 inc. j. por la que es obligación del administrador al enviar la convocatoria a asamblea Ordinaria o Extraordinaria adjuntar a la misma la copia del acta de la última asamblea realizada.
Esto tiene bastante lógica, de esta manera el propietario podrá corroborar qué se determinó en la última asamblea, si se han cumplido los trabajos, el orden de prioridades y los plazos para realizarlos si se hubieran establecido.
Debido a que la pandemia modificó la manera de comunicación entre administradores y propietarios, las convocatorias se empezaron a enviar en muchos casos por mail, por tanto la obligación de adjuntar copia de acta de asamblea anterior realizada sigue siendo obligatoria, así la convocatoria se envíe en formato papel como en forma digital.

 

Esta página es a título informativo, se atiende en entrevista de consulta solo a consorcios de CABA. Para concertar entrevista comunicarse de lunes a domingo de 9 a 20 hs. al 15-50498440. 

Dra. Silvia Marcela Bercovsky, Abogada UBA, CPACF, especialista en Propiedad Horizontal y Auditora Legal.

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